La Subvención:

INCENTIVOS ECONOMICOS REGIONALES

CONVOCATORIA:

INCENTIVOS ECONOMICOS REGIONALES

 

ORGANISMO:

DIRECCION GENERAL DE FONDOS COMUNITARIOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA –

CONSEJO RECTOR DE INCENTIVOS REGIONALES JUNTA DE ANDALUCIA

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

En plazo abierto

BENEFICIARIOS:

  1. Con carácter general podrán ser beneficiarios de los incentivos las personas físicas o jurídicas, españolas o que, aún no siéndolo, tengan la condición de residentes de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su normativa de desarrollo, que tengan su residencia en territorio español, que dispongan de plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
  2. Se considerarán residentes en territorio español las entidades en las que concurra alguno de los siguientes requisitos:
    a) Que tengan su domicilio social y su domicilio o residencia fiscal en territorio español.
    b) Que tengan su sede de dirección efectiva en territorio español.

A estos efectos, se entenderá que una entidad tiene su sede de dirección efectiva en territorio español cuando en él radique la dirección y control del conjunto de sus actividades.

 

REQUISITOS:

Los proyectos deberán cumplir, entre otras y principalmente, las condiciones de no inicio de la inversión antes de la presentación de la solicitud; Autofinanciación mínima del 25 % y viabilidad económica, técnica y financiera. La dimensión mínima del proyecto será de 900 mil euros en inversión aprobada.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Inversiones subvencionables:

  • Los conceptos de inversión que podrán incentivarse serán los activos fijos de carácter material nuevos o de primer uso, referidos a los siguientes elementos de inversión:
  • Obra Civil.
  • Bienes de Equipo, excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Estudios previos del proyecto: trabajos de planificación e ingeniería, dirección facultativa de los proyectos.
  • Activos inmateriales que cumplan determinados requisitos regulados en la normativa de incentivos regionales.
  • Otros conceptos, excepcionalmente.

CUANTÍA:

Concesión de subvenciones hasta un máximo de:

  • En las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, del 40 % para grandes empresas, del 50 % para medianas empresas y del 60 % para pequeñas empresas.

  • En las provincias de Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, del 30 % para grandes empresas, del 40 % para medianas empresas y del 50 % para pequeñas empresas.

Autofinanciación mínima del 25 % y viabilidad económica, técnica y financiera. La dimensión mínima del proyecto será de 900 mil euros en inversión aprobada.

Contacte con nosotros sin compromiso y le informaremos detalladamente sobre las subvenciones.

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