La Subvención:

Convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos que contribuyan a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos empresariales del sector del textil y de la moda

CONVOCATORIA:

Convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos que contribuyan a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos empresariales del sector del textil y de la moda

 

ORGANISMO:

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

 Desde 10/04/24 hasta el 10/06/24. Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS:

Los beneficiarios incluyen personas jurídicas de derecho privado, entidades de economía social definidas por la Ley 5/2011, y agrupaciones de estas entidades. Deben operar en el territorio español y cumplir con los requisitos específicos de la orden.

Los beneficiarios de estas subvenciones incluyen una gama específica de entidades que operan dentro de los sectores del textil, la moda y el plástico, enfocadas en proyectos que promueven la economía circular. Estos pueden ser:

Entidades de Derecho Privado: Incluyendo empresas, cooperativas, y asociaciones que tienen personalidad jurídica propia y realizan actividades económicas relevantes para los sectores objetivo.

Entidades de Economía Social: Como se define en la Ley 5/2011, incluyendo cooperativas, mutuas, asociaciones que realicen actividades económicas, fundaciones, empresas sociales, y otros tipos de organizaciones que persiguen objetivos sociales y sostenibles.

Agrupaciones de Entidades: Grupos formales de las entidades anteriores que se unen para presentar un proyecto conjunto, siempre que cada miembro cumpla con los requisitos de elegibilidad.

 

REQUISITOS:

Los solicitantes deben estar legalmente constituidos, tener un establecimiento o sucursal en España, y no estar en situación de crisis según el Reglamento de la UE. Además, no deben haber sido sancionados por infracciones graves relacionadas con la protección ambiental.

Para ser elegibles para la recepción de fondos, las entidades deben cumplir con una serie de requisitos:

Constitución Legal y Registro: Deben estar legalmente constituidas y registradas en el registro correspondiente en España.

Actividad Económica en España: Deben tener un establecimiento operativo o sucursal en España donde se lleven a cabo las actividades del proyecto.

No estar en Situación de Crisis: Según la definición del Reglamento (UE) Nº 651/2014, es decir, no estar en insolvencia, ni cumplir las condiciones para ser declarada en insolvencia.

Cumplimiento Fiscal y Social: Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

No Sanciones: No haber sido sancionadas con carácter firme por resoluciones administrativas o sentencias judiciales por faltas graves o muy graves en materia de empleo, igualdad, medio ambiente, o cualquier otra que pudiera ser relevante para la gestión de fondos públicos.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Las actuaciones subvencionables en el marco de la Orden TED/167/2024, promulgada para fomentar la economía circular en los sectores del textil, la moda y el plástico, están enfocadas en impulsar una transición hacia prácticas más sostenibles y eficientes en el uso de recursos. Estas acciones deben contribuir directamente a la reducción del impacto ambiental y al fomento de la innovación en los sectores mencionados. A continuación, se detallan las principales categorías de actuaciones subvencionables:

1. Desarrollo e Implementación de Procesos Innovadores:

Incluye la adopción de nuevas tecnologías o metodologías que optimicen el uso de recursos naturales, minimicen la generación de residuos o mejoren la eficiencia energética en los procesos de producción. Se valoran especialmente aquellos proyectos que integren soluciones de diseño para la reutilización, el reciclaje y la recuperación de materiales al final de la vida útil del producto.

2. Investigación y Desarrollo en Economía Circular:

Proyectos de I+D que busquen crear o mejorar productos, servicios o procesos, fomentando la circularidad. Esto puede incluir el desarrollo de nuevos materiales sostenibles, biodegradables o reciclables, así como la investigación en sistemas de producción cerrados donde los residuos de un proceso se convierten en insumos para otro.

3. Digitalización para la Sostenibilidad:

Iniciativas que utilicen herramientas digitales y tecnologías de la información para aumentar la trazabilidad de los productos, optimizar las cadenas de suministro, reducir el desperdicio de recursos o fomentar el consumo responsable. Ejemplos incluyen sistemas de gestión avanzada de inventarios, plataformas de economía compartida y aplicaciones para la prolongación de la vida útil de los productos.

4. Promoción de Prácticas de Diseño Sostenible:

Proyectos que incorporen principios de ecodiseño en el desarrollo de productos, considerando la minimización del impacto ambiental a lo largo del ciclo de vida del producto, desde la concepción hasta la disposición final. Esto puede incluir la reducción en el uso de materiales peligrosos, el diseño para el desmontaje y la reciclabilidad, y la innovación en modelos de negocio circulares como el alquiler o la venta de servicios en lugar de productos.

5. Mejora en la Gestión de Residuos y Subproductos:

Actuaciones enfocadas en la mejora de los sistemas de recogida, clasificación y tratamiento de residuos y subproductos, aumentando las tasas de reciclaje y valorización. Se consideran proyectos que desarrollen nuevas aplicaciones para subproductos industriales o residuos, transformándolos en nuevos recursos o materiales de valor añadido.

6. Formación y Sensibilización en Economía Circular:

Iniciativas destinadas a formar a los profesionales de los sectores implicados en principios y prácticas de economía circular, así como campañas destinadas a sensibilizar a la sociedad sobre la importancia del consumo sostenible, la reutilización y el reciclaje.

Estas actuaciones deben estar alineadas con los objetivos de sostenibilidad y economía circular, demostrando un impacto positivo en la reducción de la huella ambiental, el fomento de la innovación y la mejora de la competitividad de los sectores del textil, la moda y el plástico en España. La selección y financiación de estos proyectos se realizará a través de un proceso competitivo, evaluando su contribución a los objetivos establecidos y su viabilidad técnica y económica.

Serán subvencionables:

a) Los costes de personal de la entidad beneficiaria que tengan la consideración de investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, que estén dedicados en exclusividad al proyecto.

b) Los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes al periodo de ejecución del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.

c) Los costes de edificios y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en lo que respecta a los edificios, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes al periodo de ejecución del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados; en el caso de los terrenos, serán subvencionables los costes de traspaso comercial o los costes de capital en que efectivamente se haya incurrido.

d) Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

e) Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

f) En los estudios de viabilidad serán subvencionables los costes del estudio.

 

CUANTÍA:

La orden establece una dotación máxima global que se determinará en cada convocatoria, con un importe mínimo de 100.000 euros y un máximo de 10.000.000 de euros por proyecto y entidad beneficiaria.

Contacte con nosotros sin compromiso y le informaremos detalladamente sobre las subvenciones.

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